©ZonaDivas sólo publica modelos independientes!
ABSOLUTAMENTE TODAS LAS MODELOS que se anuncian en ©ZonaDivas SON 100% INDEPENDIENTES y MAYORES DE EDAD, ofrecen sus datos de contacto en sus canales personales de forma voluntaria y para los fines que a ellas convienen, SIN ser obligadas física, moral o psicológicamente a realizar actividades ilícitas o contrarias a su voluntad o a anunciarse en ©ZonaDivas bajo compromiso, amenaza o inducción por parte nuestra o de personas ajenas a nosotros.

©ZonaDivas es una empresa con COMPROMISO SOCIAL en la que nos hemos manifestado y comprometido EN CONTRA DE LA TRATA DE PERSONAS, parte de ese compromiso es el NO ANUNCIAR personas dependientes de terceros, sometidas u obligadas a realizar actividades ilícitas o en contra de su voluntad.

Todas las actuales anunciantes en ©ZonaDivas han firmado un convenio en el que ponen de manifiesto el hecho de ser libres de tomar sus decisiones y ofrecer los servicios que a sus intereses convengan sin estar obligadas a ello o a publicar sus datos con nosotros. Una síntesis de este acuerdo es la que aparece en cada perfil, de forma visible y clara.

Si como nuestras anunciantes, TÚ ofreces servicios artísticos de modelo Escort o Edecan en México y alguien te obliga a realizar actividades en contra de tu voluntad y deseas levantar una denuncia, ZonaDivas ha elaborado un plan de acción para dar apoyo legal a aquellas Escorts que, como tú, sean víctimas de abusos y sean sometidas a la prostitución o a alguna actividad ilegal en contra de su voluntad.
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Preceptos legales
Hay en México un marco legal que te protege. El artículo 5 y 6  de la Ley Para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, incluso con su reforma de 15 de marzo de 2011, establece penas mínimas de 6 hasta un máximo de 18 años de prisión, que podrán incrementarse hasta en una mitad, si quien participa en el delito es un servidor público que se vale de la función pública para cometerlo o que tenga parentesco por consanguinidad, afinidad, o civil o habita en el mismo domicilio con la víctima, aunque no existiera parentesco alguno, o sea tutor o curador de la víctima:

ARTÍCULO 5.- ....

La persona que contrate publicidad por cualquier medio de comunicación, así como la persona que publique anuncios, que encuadren en alguna de las conductas del delito de trata de personas será sancionada conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de esta ley.

ARTÍCULO 6.- A quien cometa el delito de trata de personas se le aplicarán:

I. De 6 a 12 años de prisión y de 500 a 1000 días multa;

II. De 9 a 18 años de prisión y de 750 a 2250 días multa, si el delito es cometido en contra de una persona menor de 18 años de edad o en contra de persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo;

III. Las penas que resulten de las fracciones I y II de este artículo se incrementarán hasta en una mitad:

a) Si el agente se valiese de la función pública que tuviere o hubiese ostentado sin tener la calidad de servidor público. Además, se impondrá al servidor público la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar otro hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta;  o cuando la víctima sea persona mayor de 60 de edad; o se trate de persona indígena;

b) Cuando el sujeto activo del delito tenga parentesco por consanguinidad, afinidad o civil o habite en el mismo domicilio con la víctima, aunque no existiera parentesco alguno, o sea tutor o curador de la víctima; además, según las circunstancias del hecho, podrá perder la patria potestad, el derecho a alimentos que le correspondiera por su relación con la víctima y el derecho que pudiere tener respecto a los bienes de ésta.

Cuando en la comisión del delito de trata de personas concurra otro delito, se aplicarán las reglas del  concurso establecidas en el Libro Primero del Código Penal Federal.

El consentimiento otorgado por la víctima se regirá en términos del artículo 15 fracción III del Código Penal Federal.

Ahora bien: al ZonaDivas ser un portal de anuncios personales, queda bajo los efectos a que se refiere el artículo 15, fracción 3ª del Código Penal Federal que dice:

Articulo 15. El delito se excluye cuando:

iii. Se actúe con el consentimiento del titular del bien jurídico afectado, siempre que se llenen los siguientes requisitos:

a) que el bien jurídico sea disponible;

b) que el titular del bien tenga la capacidad jurídica para disponer libremente del mismo; y

c) que el consentimiento sea expreso o tácito y sin que medie algún vicio; o bien, que el hecho se realice en circunstancias tales que permitan fundadamente presumir que, de haberse consultado al titular, este hubiese otorgado el mismo;


Es importante que conozcas y entiendas el trasfondo legal que sanciona la trata de personas, pues al denunciar a alguien sin entender las implicaciones de la ley o dando falsos testimonios, podrías incurrir en un delito.
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Si eres víctima de la trata, ¡DENUNCIA! ¡nosotros te asesoramos!
©ZonaDivas cuenta con el mejor Buffet de Abogados del país para asesoría legal y jurídica sin embargo la empresa no levantará una denuncia por ti. Lo que sí podemos hacer es darte los detalles que necesites para que comprendas cómo puedes utilizar la ley a tu favor y, al momento de levantar una denuncia, señales de forma adecuada a quienes abusan de ti.

No dejes pasar más tiempo. Llama al 4169-2749 en la Ciudad de México o al 01(55)4169-2749 desde el interior de la República Mexicana. Nuestros operadores te darán los consejos que necesitas para que tomes las riendas de tu vida, te alejes de quienes te explotan y les hagas sentir todo el peso de la ley dentro de un marco legal bien estructurado.

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